Los Microminerales en la Nutrición de los Rumiantes: Aspectos
Técnicos y Legales
Introducción
Las
raciones de los rumiantes, en principio, están balanceadas
para aportar las cantidades necesarias de proteína, energía,
vitaminas, macro y microminerales parasostener un determinado
nivel productivo. Los macrominerales son aquellos minerales que
el animal necesita en grandes cantidades (g/d), mientras que
los microminerales incluyen aquellos minerales que se necesitan
en pequeñas cantidades (mg/d). Esta clasificación
de los minerales no tiene ninguna consecuencia práctica,
con la excepción de que, por algún motivo, los
microminerales son considerados como aditivos bajo la legislación
de la Unión Europea (UE). Paradójicamente, otros
aditivos comúnmente usados en la alimentación de
los rumiantes, como sustancias tampón y alcalinizantes
(óxido de magnesio, bicarbonato...) son considerados como
materias primas y no como aditivos por la legislación
Europea.
La
circulación y utilización de materias primas está regulada
por el RD 56/2000, que incorpora a nuestra legislación
la Directiva 2000/16/CE y deroga el RD 1489/1998. Con esta directiva,
la UE ha decidido no confeccionar una lista positiva de materias
primas para la elaboración de piensos compuestos, y sólo
publica una lista negativa (Decisión 2004/217/CE). Sin
embargo, el uso de los microminerales para la alimentación
animal está regulado por el reglamento 1831/2003 en vigor
desde el 7 de noviembre de 2003 que deroga la directiva 70/524
y publica una lista positiva (C50/1 publicada el 25.2.2004).
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